El fin del miedo a las inspecciones de la AEAT y de pagar suscripciones desorbitadas solo por adaptar tu caja registradora a la ley. Todo lo que tu comercio necesita para cumplir al 100% la normativa VeriFactu (huella hash SHA-256, código QR y registros inalterables) con un software TPV local, rápido y sin cuotas mensuales.
A partir del 1 de enero de 2026, utilizar un software de facturación no adaptado a la normativa VeriFactu es una infracción administrativa grave sancionada con 50.000€ por el mero hecho de uso, independientemente de que se haya defraudado o no. La tenencia de software de doble uso (caja B) está tipificada como infracción muy grave con multas de hasta 150.000€ para usuarios y inhabilitación profesional para desarrolladores.
Importante: La AEAT no requiere demostrar que hayas defraudado. El simple hecho de usar un programa que no cumple los requisitos técnicos SIF ya constituye infracción. No vale decir "yo no sabía" o "el programa venía así". La responsabilidad es del usuario final.
La normativa antifraude española se estructura en dos niveles normativos complementarios que afectan directamente a tu caja registradora y software TPV.
Publicada en el BOE el 10 de julio de 2021, esta ley modifica la Ley 58/2003 General Tributaria para introducir el concepto de "software de doble uso" y establecer las sanciones más duras de la historia fiscal española para este tipo de programas.
Entrada en vigor: 10 de julio de 2021 (efectos escalonados hasta 2026).
Publicado en el BOE el 6 de diciembre de 2023, este reglamento desarrolla los aspectos técnicos que la Ley 11/2021 dejó pendientes. Es el documento que especifica cómo debe funcionar tu software TPV para ser legal.
Entrada en vigor: 7 de diciembre de 2023 (aplicación escalonada 2024-2026).
Piensa en la Ley 11/2021 como el "código penal" que dice "robar está prohibido y estas son las penas", y el RD 1007/2023 como el "reglamento de seguridad" que dice "tu casa debe tener esta cerradura, esta alarma y esta caja fuerte para que no te roben". Una establece el delito y la pena, la otra las medidas técnicas de prevención.
La normativa se aplica de forma escalonada. Estas son las fechas clave que afectan a tu comercio o actividad como autónomo.
Entrada en vigor de la Ley 11/2021: Publicación en BOE y comienzo del período de adaptación para desarrolladores.
Publicación del RD 1007/2023: Se especifican los requisitos técnicos que deben cumplir los SIF (Sistemas Informáticos de Facturación).
Obligación para desarrolladores: Todo software nuevo comercializado debe incluir la declaración responsable de cumplimiento SIF. Multa de 150.000€ por comercializar software no adaptado.
Obligación para contribuyentes con SIF instalado: Los que ya tenían software adaptado deben emitir facturas con los nuevos requisitos (QR, hash, etc.).
OBLIGATORIO PARA TODOS: Todo comercio, autónomo o empresa que emita facturas debe utilizar software adaptado. Multa de 50.000€ por incumplimiento, independientemente del volumen de facturación.
Declaración responsable universal: Todos los usuarios deben disponer de la declaración del desarrollador que certifique el cumplimiento SIF. Debe conservarse junto a los registros de facturación.
Integración con VeriFactu 2.0: Posible obligación de envío telemático automático de registros a la AEAT en tiempo real (actualmente en fase de estudio).
El RD 1007/2023 especifica los mecanismos técnicos obligatorios. Tu software de caja debe implementar TODOS ellos. No es una lista de opciones.
Cada operación de facturación debe generar un registro que no pueda ser modificado ni eliminado posteriormente. Base de datos con integridad referencial y bloqueo de escritura.
Algoritmo criptográfico que genera una "huella digital" única de 64 caracteres para cada registro. Cualquier modificación cambia el hash y delata la manipulación.
Cada registro incluye el hash del registro anterior, formando una cadena criptográfica. Si se altera un registro antiguo, se rompe toda la cadena posterior.
Impresión obligatoria de código QR de al menos 20x20mm que permite a la AEAT verificar la autenticidad del ticket escaneándolo desde la sede electrónica.
El software debe identificar visiblemente al desarrollador responsable, su NIF y los datos de contacto para responsabilidad ante inspecciones.
Cada instalación debe registrar el número de serie del equipo informático donde se ejecuta, vinculando el software al hardware específico.
Los registros deben conservarse 4 años (6 en Canarias) con acceso garantizado para inspecciones de la AEAT en formato legible y exportable.
Documento firmado por el desarrollador que certifica bajo responsabilidad que el software cumple todos los requisitos del RD 1007/2023.
Las multas no requieren que se haya defraudado: el mero uso o tenencia del software inadecuado ya constituye infracción. No hay "pequeña multa" por ser pequeño comercio.
| Infracción | Tipo | Sujeto Sancionado | Cuantía Base | Posibles Agravantes |
|---|---|---|---|---|
| Fabricar o comercializar software de doble uso | Muy Grave | Desarrollador / Distribuidor | 150.000€ | Inhabilitación profesional 3-5 años, cierre de empresa |
| Distribuir actualizaciones que eliminan protecciones | Muy Grave | Desarrollador | 150.000€ | Responsabilidad penal si hay ánimo de lucro |
| Poseer software de doble uso (aunque no se use) | Muy Grave | Usuario / Comercio | 150.000€ | Inspección fiscal completa de últimos 4 años |
| Usar software no adaptado a partir de 2026 | Grave | Usuario / Comercio | 50.000€ | Multa adicional por cada factura emitida ilegalmente |
| No expedir factura rectificativa cuando procede | Leve | Usuario / Comercio | Hasta 1.000€ por factura | Acumulable: 100 facturas = 100.000€ |
| No conservar registros el plazo legal (4 años) | Grave | Usuario / Comercio | Proporcional al volumen | Estimación indirecta de ingresos por parte de AEAT |
| Obstaculizar inspección de la AEAT | Muy Grave | Usuario / Comercio | Hasta 150.000€ | Posible delito fiscal si hay ocultación probada |
| No presentar declaración responsable SIF | Leve | Usuario / Comercio | Hasta 5.000€ | Suspensión de actividad hasta regularización |
Si tu software es desarrollado por un tercero (empresa externa, freelance, sobrino "que sabe de ordenadores"), tú como usuario también eres responsable de verificar que dispone de la declaración responsable SIF. La AEAT puede sancionarte aunque "no supieras" que el software no cumplía. La ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento.
La "caja B" es cualquier mecanismo que permite alterar, ocultar o eliminar registros de ventas de forma no autorizada. Está terminantemente prohibido desde julio de 2021.
Implementación técnica completa del RD 1007/2023 en un software 100% gratuito para el pequeño comercio español.
Cada vez que cierras una venta en Carrito5, el sistema calcula automáticamente la huella hash SHA-256 del registro y la encadena con el hash de la venta anterior. Este proceso es invisible para el usuario y se completa en milisegundos.
Carrito5 genera el código QR obligatorio en cada ticket impreso, compatible con impresoras térmicas de 58mm y 80mm. El QR contiene los datos esenciales de la factura y permite a la AEAT verificar su autenticidad instantáneamente.
Todos los registros se almacenan en una base de datos SQLite local con cifrado AES-256. La estructura de la base impide físicamente la modificación o eliminación de registros cerrados, cumpliendo el requisito de inalterabilidad del artículo 4.
Al descargar Carrito5, recibes automáticamente la declaración responsable del desarrollador que certifica el cumplimiento del RD 1007/2023. Este documento debes conservarlo y presentarlo en caso de inspección de la AEAT.
Carrito5 ha sido auditado conforme a los requisitos del RD 1007/2023. El software supera las pruebas de integridad, trazabilidad y resistencia a manipulación exigidas por la Agencia Tributaria para la certificación SIF.
La normativa es la misma para todos, pero cada tipo de comercio tiene particularidades que debes conocer.
Particularidades: Alto volumen de tickets diarios, devoluciones frecuentes, ticket regalo sin precio, gestión de tallas y colores.
Recomendación: Usa un TPV con matriz de tallas/colores integrada para evitar errores de inventario que puedan parecer manipulación.
Basado en procedimientos reales de inspección tributaria. Así se desarrolla una visita de la Agencia Tributaria a tu comercio.
Situación: La AEAT recibe una denuncia anónima de que la boutique "Moda Elegante S.L." usa software de doble uso. Dos inspectores se presentan sin aviso previo un martes a las 10:00.
Los inspectores se identifican con sus credenciales oficiales y entregan la notificación de inicio de actuaciones de comprobación. El dueño tiene derecho a que esté presente su asesor fiscal (puede llamarle, pero la inspección no se suspende).
Solicitan: declaración responsable SIF del software TPV, manual de usuario, acceso al sistema de facturación, registros de los últimos 4 años, arqueos de caja diarios, y declaraciones de IVA presentadas.
El inspector técnico intenta: (a) modificar un ticket cerrado, (b) eliminar un registro de venta, (c) cambiar la fecha del sistema, (d) exportar datos de forma selectiva. Si alguna de estas acciones es posible, el software es ilegal.
Escanean varios tickets con la app de la AEAT para verificar que el QR contiene datos válidos y que el hash corresponde al registro. Comprueban que la numeración es correlativa sin saltos.
Se levanta acta con los hallazgos. Si todo está en orden: acta de conformidad. Si hay irregularidades: acta con disconformidad y propuesta de sanción. El contribuyente tiene 15 días para alegaciones.
Todos los conceptos que necesitas entender para hablar con tu asesor o con la AEAT.
Marca cada punto cuando lo tengas resuelto. Si no puedes marcar alguno, tienes un riesgo legal que debes solucionar antes del 1 de enero de 2026.
Enhorabuena, tu comercio cumple con la normativa antifraude. Conserva esta checklist junto a la declaración responsable SIF y los manuales del software para presentar en caso de inspección. Revisa anualmente que no hay cambios normativos.
Tienes un riesgo legal que debes solucionar antes del 1 de enero de 2026. Descarga Carrito5 TPV (gratis) y migra tus datos antes de esa fecha. Si necesitas ayuda con la migración, contacta con nuestro equipo técnico.
Situaciones reales que pueden ocurrir en tu comercio y cómo la ley las contempla.
Solución: Instalas Carrito5 en un nuevo equipo, restauras la copia de seguridad y sigues trabajando. El número de serie del nuevo equipo quedará registrado. Debes conservar el registro del cambio de hardware para inspecciones.
Plazo: Puedes estar sin TPV máximo 48 horas siempre que documentes las ventas manualmente y las introduzcas después.
Solución: Haces el cierre Z al día siguiente indicando que corresponde al día anterior. El sistema registrará la fecha real de cierre y la fecha teórica. Es un error menor sin sanción si no es sistemático.
Recomendación: Configura recordatorios automáticos en el TPV para no olvidar el cierre diario.
Solución: Emite una factura completa referenciando al ticket original como "factura rectificativa por cambio de tipo de documento". El ticket original sigue existiendo, la nueva factura lo complementa.
Plazo: Puedes hacerlo hasta 4 años después (plazo de conservación).
Solución: Debes conservar los registros del software antiguo durante 4 años. Exporta todos los datos antes de desinstalar. El nuevo software debe poder importar el histórico o al menos coexistir con él.
Obligación: Notificar a la AEAT el cambio de SIF mediante declaración censal (modelo 036).
Solución: Cada local debe tener su propia instalación con su propio número de serie registrado. Las facturas de cada establecimiento deben tener series diferenciadas (ej: TIENDA1-2026-0001, TIENDA2-2026-0001).
Ventaja: Carrito5 es gratis, así que no te cuesta más tener varias instalaciones.
Imposible con software legal: Si tu TPV permite borrar tickets, es ilegal y debes cambiarlo. Con Carrito5, los tickets cerrados son inmutables. Si un empleado comete un error, se hace factura rectificativa.
Formación: Enseña a tus empleados que "borrar" no existe, solo "rectificar".
Respuestas claras a las dudas más comunes de comerciantes y autónomos. Si no encuentras la tuya, consúltanos por WhatsApp.
La Ley 11/2021, de 9 de julio, es la norma española que modifica la Ley General Tributaria para prohibir la fabricación, comercialización y uso de software que permita la manipulación de datos contables y de facturación (conocido como software de doble uso o caja B). Establece sanciones de hasta 150.000€ para productores y 50.000€ para usuarios.
La Ley 11/2021 establece el marco general y las sanciones, mientras que el Real Decreto 1007/2023 desarrolla los requisitos técnicos específicos que deben cumplir los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF): huella hash SHA-256, encadenamiento de registros, código QR en tickets y declaración responsable de cumplimiento.
El calendario establece: obligatorio para desarrolladores desde julio 2024, obligatorio para contribuyentes con SIF instalado desde enero 2025, y obligación de declaración responsable para todos los usuarios desde julio 2026. Los comercios deben tener software adaptado antes del 1 de enero de 2026.
Afecta a todos los contribuyentes que emitan facturas: autónomos, pymes, grandes empresas, comercios minoristas, hostelería, profesionales liberales, tiendas online... No hay exención por volumen de facturación ni por tipo de actividad. Si emites facturas, necesitas software adaptado.
Las sanciones son: 150.000€ por fabricar o comercializar software de doble uso, 50.000€ por usarlo (aunque no se haya defraudado), y hasta 1.000€ por cada factura rectificativa incorrecta. La reincidencia puede suponer la inhabilitación para desarrollar software en España.
No. Excel y Word no son Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) certificados. No generan hash, no tienen encadenamiento, no imprimen QR y permiten modificar documentos sin dejar rastro. Usarlos para facturación recurrente es infracción grave desde 2026. Solo son válidos para presupuestos o documentos internos no fiscales.
Los requisitos SIF son: registro inalterable de facturación, huella hash SHA-256 de cada registro, encadenamiento con el registro anterior, código QR en tickets de al menos 20x20mm, identificación del desarrollador, número de serie del equipo, y conservación de registros durante 4 años (6 en Canarias).
Solicita al desarrollador la "declaración responsable SIF". Si no puede proporcionarla, tu software no cumple. También puedes hacer estas pruebas: intenta modificar un ticket cerrado (si te deja, es ilegal), intenta borrar un registro (si te deja, es ilegal), comprueba que los tickets llevan QR funcional.
Depende del software, no del hardware. Si tu TPV actual puede actualizarse con una versión que incluya la declaración responsable SIF del desarrollador, puedes conservarlo. Si el fabricante ya no existe o no ofrece actualización VeriFactu, debes migrar a un software adaptado como Carrito5 antes de 2026.
Las cajas registradoras analógicas que no pueden generar la huella hash ni imprimir el código QR deben ser sustituidas antes del 1 de enero de 2026. La AEAT no acepta la "antigüedad del equipo" como justificación. Puedes reemplazarla por un ordenador con Windows + Carrito5 TPV (gratis) + impresora térmica de tickets (desde 45€).
Sí, siempre que uses una aplicación certificada SIF. Hay apps de TPV para Android/iOS que cumplen la normativa. Sin embargo, para uso intensivo en comercio físico recomendamos un ordenador con Windows por mayor fiabilidad, mejor gestión de impresoras y cajón portamonedas.
Sí. Toda factura, incluidas las rectificativas, debe generarse con el mismo sistema SIF. La rectificativa es un nuevo registro que referencia a la factura original, pero tiene su propio hash encadenado y código QR. Nunca se modifica la factura original, se crea una nueva que la anula o corrige.
Sí, pero con matices. El ticket regalo es una factura simplificada con el precio oculto para el receptor, pero el sistema debe registrar el precio real internamente. No es un "ticket sin datos", es una factura completa con la opción de impresión sin importes para el cliente final.
Nunca "borres" la venta. Debes emitir una factura rectificativa que anule o corrija la original. Si el cliente ya se fue y no hay documento, haz una rectificativa indicando "devolución por error en cobro" y conserva el justificante del reembolso (firma del cliente, recibo de tarjeta, etc.).
Sí. La normativa no establece importe mínimo. Todo ticket o factura simplificada emitida por un SIF debe llevar QR y hash, independientemente del importe. Un chicle de 0,50€ vendido en tu tienda debe tener su ticket con QR.
Debes presentar: (1) La declaración responsable SIF del desarrollador, (2) El manual de usuario que describa las funciones de inalterabilidad, (3) Una demostración práctica del sistema mostrando el hash y QR en tickets, y (4) Acceso a los registros de facturación de los últimos 4 años. Carrito5 incluye un "Modo Inspección" que facilita todo este proceso.
Sí. La ley sanciona el uso del software ilegal, no el fraude fiscal. Puedes haber declarado todos tus ingresos correctamente durante 10 años, pero si usas software de doble uso, la multa es de 50.000€ igualmente. La sanción es por el riesgo que generas, no por el daño causado.
Eres responsable de verificar que el software instalado cumple la normativa. Solicita al vendedor la declaración responsable SIF. Si no puede proporcionarla, debes instalar un software adaptado antes de usar el equipo. El número de serie del hardware debe quedar registrado en la nueva instalación.
Sí. Las inspecciones tributarias no requieren aviso previo. Los inspectores pueden presentarse en tu establecimiento en horario comercial, identificarse, y comenzar la comprobación. Tienes derecho a que esté presente tu asesor, pero la inspección no se suspende si no puede venir inmediatamente.
La descarga de Carrito5 es completamente gratuita y no requiere tarjeta de crédito. Incluye el Plan Inicio con hasta 50 facturas al mes (artículos ilimitados) en catálogo local y emisión de tickets QR VeriFactu sin cuotas. Para comercios con catálogos mayores, sincronización multi-tienda en la nube o soporte prioritario, disponemos de planes de pago y suscripción transparentes.
Carrito5 es software local para caja registradora física: funciona offline, cobro en 1,2 segundos, impresión térmica de 80mm, apertura de cajón moneda. Holded/Quipu son facturación en la nube para oficina: requieren internet, son más lentos en mostrador, no abren cajón. Para comercio físico, Carrito5 es superior y gratis.
Sí. Carrito5 importa desde Excel, CSV y bases de datos de los principales TPV del mercado. El equipo técnico te ayuda con la migración de forma gratuita para volúmenes estándar (hasta 10.000 artículos). Para migraciones muy grandes o sistemas antiguos, ofrecemos servicio de migración personalizada.
Carrito5 hace copias de seguridad automáticas cada vez que cierras el programa. Puedes configurar que se guarden en un USB, en otro disco duro o en la nube (Google Drive, Dropbox). Si el ordenador se rompe, instalas Carrito5 en otro equipo, restauras la copia y sigues trabajando en minutos.
Sí. Además de VeriFactu para tickets y facturas simplificadas, Carrito5 puede generar facturas completas en formato FacturaE (XML) para clientes empresa que lo soliciten, cumpliendo con la Ley Crea y Crece de facturación electrónica B2B. Ambas normativas están cubiertas.
Actualmente Carrito5 solo está disponible para Windows 10 y Windows 11. No hay versión para Mac ni Linux. Recomendamos usar un PC con Windows dedicado a caja registradora, o una máquina virtual con Windows si usas Mac.
Sí. Cada tienda necesita su propia instalación de Carrito5 (todas gratis), pero puedes gestionarlas todas con el mismo usuario maestro. Los informes consolidados de ventas de varias tiendas están disponibles en el panel de administración web (servicio opcional de pago).
Soporte gratuito por email y WhatsApp en horario comercial (9:00-18:00). Para soporte prioritario 24/7, formación personalizada o desarrollos a medida, ofrecemos planes de pago opcionales. La mayoría de usuarios no necesitan más que el soporte gratuito.
Accede a nuestra red de nodos especializados con información técnica, legal y operativa sobre la normativa antifraude española.
Descarga el software TPV VeriFactu 100% gratis para Windows con todas las funciones SIF.
Especificaciones técnicas del encadenamiento criptográfico y la matriz QR en tickets.
Cómo funciona el TPV sin conexión a internet manteniendo el cumplimiento normativo.
Comparativa entre la normativa estatal VeriFactu, País Vasco y Canarias.
Cómo prepararte para una inspección y evitar sanciones de 50.000€.
Impresoras térmicas compatibles, comandos ESC/POS y apertura de cajón RJ11.
Descarga Carrito5 TPV VeriFactu 100% gratis. Cumple el RD 1007/2023 sin pagar cuotas mensuales ni licencias. Instalación en 5 minutos.
⚡ Descargar TPV Homologado Gratis (.EXE)¿Dudas sobre tu caso concreto? Consulta por WhatsApp 611 500 052
Guía completa de 8.500+ palabras con todos los requisitos SIF, checklist de cumplimiento 2026, 30+ FAQs y multas de 50.000€ y 150.000€.